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Mincetur aprueba modalidades de turismo de aventura que se practican en Perú

Y por último, si vas a practicar deportes de aventura en tus viajes, trata de contar con un seguro o comprobar que ya tengas uno. Foto: Internet

Finalmente el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo reconoce otras modalidades del turismo de aventura

A través del Ministerio de Comercio y Turismo, se reconoció la existencia de 16 modalidades de turismo de aventura, actividades que en adelante, serán reguladas por el Reglamento de Seguridad para la Prestación del Servicio Turístico de Aventura, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 29408, Ley General de Turismo.

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Se trata de la resolución ministerial N° 083-2018-MINCETUR la cual observa las 16 modalidades de Turismo de Aventura reconocidas por el sector y  firmada por el titular de la cartera de Turismo, Eduardo Ferreyros Kuppers. El documento reconoce como deportes de aventura a las siguientes disciplinas: Ala Delta, Barranquismo, Buceo, Cabalgata, Canopy / Zipline, Ciclismo, Esquí, Escalada, Espeleología o Exploración de cuevas, Kayak, Kite surf, Parapente, Puentismo, Rápel, Sandboard y Tabla a vela.

 

Además en esta resolución se ha definido cada deporte y las edades mínimas que se debe tener en cuenta para practicarlo, siempre con el objetivo que el turismo de aventura se torne mucho más responsable.

Con estas medidas las empresas que trabajan en turismo y los turistas en sí, puedan tener una herramienta clara de los derechos y obligaciones que cada una de las partes tienen, sobre todo para preservar la seguridad de las personas que acceden a una empresa para practicar Deportes de Aventura.

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